Page 326 - Ley6708
P. 326
- Promover actividades educativas y de difusión, dirigidas a incrementar los
conocimientos y capacidades de los individuos, a fin de favorecer su impacto positivo
en la salud individual y colectiva;
- Realizar intercambios de investigadores, becarios, residentes e información aplicados a
la exploración, docencia y asistencia a los pacientes;
- Asesorar y colaborar científicamente con instituciones públicas o privadas, sean
nacionales, provinciales, municipales, o internacionales, en todo lo referente a
enfermedades oncológicas;
- Brindar asistencias médicas a pacientes sin obra social u otra cobertura médica que
residan en la provincia, en la forma y condiciones que se reglamenten.

