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MISIÓN

                  La Constitución Provincial en su última reforma del año 2007, en el Capítulo IX (arts.
                  133° al 138°) consagra al Tribunal de Cuentas como el Órgano de Control Externo de la

                  Hacienda  Pública  Provincial,  ratificando  lo  establecido  en  la  Ley  Orgánica  N°  3757
                  modificada por Ley N° 5375/99. Posee personería Jurídica propia, autonomía funcional

                  y  autarquía  financiera,  teniendo  exclusiva  competencia  en  el  Control  Externo  de  la
                  gestión presupuestaria, económica, financiera, patrimonial, legal de eficiencia y eficacia

                  de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Empresas y Sociedades del

                  Estado y Entes Reguladores de Servicios Públicos.
                  Asimismo,  la  carta  magna  lo  faculta  a  examinar  anualmente  la  Cuenta  General  de

                  Ejercicio,  instrumento  fundamental  para  evaluar  la  gestión  de  gobierno  y  el
                  cumplimiento de los objetivos planificados, informando acerca de los aspectos legales y

                  contables de la misma, a fin de que la Legislatura posteriormente ejerza su atribución de
                  aprobar, observar o desechar la misma.



                  VISIÓN
                  La función del Tribunal de Cuentas persigue amplios objetivos, entre ellos controlar la

                  regularidad de la administración financiera, contable, presupuestaria y patrimonial del

                  Estado  Provincial,  aprobando  y  desaprobando  las  rendiciones  relacionadas  con  la
                  percepción  e  inversión  de  los  caudales  públicos,  determinando  la  responsabilidad

                  contable de los agentes, organismos y personas a las que se refiere el art. 24° de la Ley
                  3757 y su modificatoria N° 5375/99 Orgánica del Tribunal de Cuentas; pretendiendo

                  desde un enfoque constructivo garantizar la transparencia de la gestión de gobierno y el
                  cumplimiento de determinados estándares de una sana administración.



                  POLÍTICAS
                  El Tribunal de Cuentas en su rol de Organismo de contralor, tiene como programa el

                  CONTRALOR FISCAL DE LA HACIENDA (PROGRAMA 11 en el SIIF) que implica
                  fundamentalmente  la  fiscalización  de  las  rendiciones  de  cuentas  presentadas  por  los

                  responsables, y también tareas de auditoría de gestión; dictando a posteriori resoluciones
                  absolutorias o condenatorias. Estas últimas se envían a Fiscalía de Estado para su cobro

                  por vía de apremio.

                  Resulta importante destacar que, en razón del Acta Convenio de Cooperación con la
                  Sindicatura General de la Nación en el marco de la Red Federal de Control Público que
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