Page 307 - Ley6745
P. 307

positivo en la salud individual y colectiva;

                      -  Realizar  intercambios  de  investigadores,  becarios,  residentes  e  información
                         aplicados a la exploración, docencia y asistencia a los pacientes;

                      -  Asesorar y colaborar científicamente con instituciones públicas o privadas, sean
                         nacionales, provinciales, municipales, o internacionales, en todo lo referente a

                         enfermedades oncológicas;
                      -  Brindar asistencias médicas a pacientes sin obra social u otra cobertura médica

                         que residan en la provincia, en la forma y condiciones que se reglamenten.
   302   303   304   305   306   307   308   309   310   311   312